Cual de estos proyectos quiere leer?

  • carta fundacional de la comuna Ernesto che guevara. esta la puede ver en la pagina de las comunas
  • ante proyecto de Ordenanza para la Conformacion de las Comunas Socialistas
  • ante proyecto de reforma constitucional. este lo puede ver en la pagina de la red nacional de c. comunales
  • ante proyecto de un libro para los c.comunales, este lo leera en la pagina de las comunas
  • propuesta para un ley de seguridad comunitaria
  • Ordenanza del consejos popular de gobierno abministrativo
  • Ordenanza de expropiacion y Usos de tieras urbanas y rurales

viernes, 6 de febrero de 2009

propuesta-para-la-construccion-del-poder-popular-socialista

Propuestas para la Construcción del Poder Popular Socialista.

PROLOGO
Hablar de reforma de la ley de los Consejos Comunales, seria hablar de profundizar mas fondo el camino hacia la búsqueda que nos conduzca a Construir un Poder Popular Socialista mas profundo, pero existe una realidad, no podemos hablar de un nuevo sistema donde de verdad exista un poder popular protagónico, mientras exista un poder constituido, con el poder de someter al poder popular, igualmente no podemos hablar de cambios o reformas de una ley, o la construcción de un estado comunal, si no hablamos primero de la reforma constitucional, por lo consiguiente iniciaremos esta propuesta, primero proponiendo cambios en el marco de nuestra Constitución Bolivariana, para luego pasar a nuestra propuestas sobre la reforma de la Ley de los Consejos Comunales. Aquí en esta propuesta desarrollo dos alternativas el poder popular socialista desarrollado sobre la estructura municipal que tenemos y una segunda sobre el estado comunal nuevo eliminando de cuajo a la vieja estructura de la municipal representativa de la cuarta republica. Pero existe una pregunta esta el pueblo preparado, en vista de esta interrogante, hago esta dos propuesta, la de transición que terminaría con el final del periodo para el cual fueron elegidos los alcaldes, pero quitándole el poder, igualmente con los concejales terminarían su periodo pero como un ente de apoyo,

¿Cómo construimos el poder popular socialista? Un tema importantísimo es imposible hablar o dialogar sobre este tema sin tener que hablar de los cinco motores constituyentes, en tal sentido mi propuesta se acentúo en el segundo motor, la reforma de la constitución Bolivariana, lo que permitiría que el quinto motor el poder popular explote, para el cual mi propuesta es.
Primero: la reforma de los artículos del marco constitucional del Capitulo IV Poder Publico Municipal, sobre los articulo 168, 174, 175 y la derogación del articulo 182,
Expuesto de la siguiente manera del articulo 168 pedimos eliminar lo expresado por el numeral uno (1) que dice ( la elección de sus autoridades) y colocar en este numeral una nueva frase que diga de la siguiente manera: 1) la elección de su administrador. Del articulo 174 que actualmente dice El gobierno y la administración corresponderán al alcalde o alcaldesa, quien será también la primera autoridad civil, la propuesta de la nueva redacción del articulo 174 es. la siguiente: el alcalde o alcaldesa será electo como el administrador del municipio, el cual actuara sujeto a las normativas expresas en la Ordenanza de Funcionamiento del municipio, la cual será creada o reformada por el poder popular socialista constituyente del municipio a través de una asamblea municipal constituyente, Del articulo 175. que textualmente dice, La función legislativa del municipio corresponde al consejo, integrado por los concejales elegidos o concejalas elegidas en la forma establecida en esta constitución, en el numero y condiciones de elegibilidad que determine la ley. La propuesta de la nueva redacción del artículo 175 es la siguiente: La función legislativa del municipio, como máxima instancia de decisión corresponderá al poder popular constituyente, quien lo ejercerá a través de la asamblea municipal de voceros y voceras del poder popular Comunal Socialista, integrada por un vocero o vocera elegidos o elegidas en asamblea de ciudadanos y ciudadanas en cada comunidad donde exista un consejo comunal perteneciente al ámbito territorial del Municipio. Del articulo 182, este simplemente pedimos la derogatoria porque la asamblea de voceros o voceras del poder popular comunal socialista, ejercerá la planificación publica en todo lo referente al ámbito territorial del municipio, será una de sus atribuciones.

la reforma de estos artículos ante mencionados deben dar paso a la creación del Poder Popular Comunal Socialista como una medida transitoria hacia la conformación del estado comunal

Para que este poder popular tenga un piso jurídico, como igualmente tenga una figura socialista, proponemos la creación : De un nuevo Capitulo dentro del marco constitucional o de un Titulo: expresado de la siguiente manera:

Capitulo (*) DEL PODER PUBLICO COMUNAL SOCIALISTA.
Comentarios sobre este nuevo poder político dentro del texto constitucional, este le daría rango constitucional a los consejos comunales y a su nueva área o territorio de acción , que seria el área comunal donde funciona un consejo comunal, pero puede suceder que dentro del espacio natural con que fue fundado un barrio puedan existir por ejemplo hasta unos 10 consejos comunales, estos podrían unirse y formar una red de consejos comunales, igualmente podrían unirse un grupo de barrios y crear una zona comunal que puede ser de producción agrícola, Ganadera o urbanística simplemente,
Articulo x Del Poder Publico Comunal Socialista, tendrá como base de inicio de creación la área comunal, ejercerá su poder político constituyente a través de asambleas de ciudadanos y ciudadanas a nivel comunal, parroquial, municipal, estadal y nacional,

Articulo x Del Poder Publico Comunal Socialista a nivel de la comunidad. Las Comunidades vecinales, constituyen un conglomerado de familias que se define como la base natural de la organización política del territorio nacional, gozan de personalidad jurídica expresadas y ejercidas por asambleas de ciudadanos y ciudadanas, dentro de su área territorial de habitad, teniendo la autonomía de organizarse por el bien colectivo en lo social, económico y político, dicha autonomía de organización comprende:
1) La elección de sus voceros o voceras.
2) La creación del Consejo Comunal como un organismo integrado por tres poderes legislativo, ejercido por la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, como la máxima instancia de decisión de la comunidad. Poder ejecutivo, integrado por todos los voceros elegidos en asamblea constituyente, como el órgano ejecutor, poder controlador integrado por cinco (5) ciudadanos o ciudadanas que funcionaran como la contraloría social ejerciendo la fiscalización y control en todas las materias, dentro de la área de la comunidad,
3) La gestión de las materias de sus competencias.
4) Creara un Banco Comunal, como una organización financiera, a fin de impulsar el desarrollo endógeno dentro del área de la comunidad.
5) Y todas las demás que le asignes la constitución y las leyes
Articulo x De la participación del Poder Popular Comunal Socialista en los espacios, parroquiales, municipales, estadales y nacionales, en lo social, económico, político y en los espacios de ejercicio constituyente fuera de su área natural será ejercido por un vocero o vocera electa en asamblea de ciudadano y ciudadana de cada comunidad, quien será la voz de esta comunidad en el espacio donde participe sea a nivel parroquial, municipal, estadal o nacional.

En este mismo orden de ideas debe crease la ley del Poder Publico Federal Comunal Socialista y dentro de este marco jurídico estaría definido el órgano administrador de la ciudad Federal y la definición de los Consejos Comunales y su nueva geometría territorial de acción en lo político, lo social y lo económico, como la estructura para el ejercicio político de planificación y de participación protagónica del pueblo

Propuesta para la ley del poder publico Federal Comunal Socialista
En Materia Social
Articulo x Es un deber del estado a través del ejecutivo nacional, el trasferirle los siguientes recursos, a los consejos comunales para el manejo directos de estos: los siguientes: los asignados para ayudas sociales, 1) aportes de ayudas económicas para ancianos, 2) becas estudiantiles, 3) medicinas, 4) bolsas de comidas y otros. Estos recursos serán asignados a para ser adjudicados por los comité que le competa la materia previa aprobación del ministerio que le compete la materia social,

En Materia Económica
Articulo x En materia cómica, el Ejecutivo Nacional designara una partida exclusiva para el desarrollo endógeno agro industrial, que será manejada por las Federaciones de Consejos Comunales, a fin de garantizar la seguridad alimentaría,

En Materia Política

Articulo x En materia política, El poder Comunal Socialista solo será expresado solamente a través de asambleas de ciudadanos y ciudadanas y de voceros y voceras, Sus decisiones podrán ser expresadas a través de la levantar la mano, o a través del voto secreto, dichas asambleas serán normalizadas por las leyes y reglamento que emanen del Poder Comunal Socialista.

En materia de Educaron Socialista del Poder Popular Comunal

Articulo x En materia de educación: la ley del Poder Publico Comunal, establece la creación de la Escuela de Formación de Gerencia Comunitaria y formación ideológica Social, Económica y Política,

En materia de Formación del Poder Popular Comunal Socialista

Articulo x En materia de Formación del ciudadano o ciudadana para función del Poder Comunal Socialista, la ley del Poder Publico Comunal Socialista, establece de carácter obligatorio para todos los voceros y voceras y miembros del Consejo Comunal, el de asistir de lunes a viernes por un espacio de una hora (1) diaria durante un año, a los integrantes del Consejo Comunal quienes designaran por decisión de la mayoría la hora y el lugar donde funcionara la escuela.

Articulo x El Poder Ejecutivo Nacional, evaluara las asistencias, el conocimiento de los voceros y voceras y demás integrantes del Consejo Comunal sobre la leyes que le dan competencia de poder y participación protagónica a dichos consejos, el manejo de los libros de actas, libro , conocimiento sobre las atribuciones de cada organismo de los que integran al consejo, la gerencia comunitaria, el trabajo comunitario, esta evaluación la realizara el Ejecutivo Nacional a mitad de año y al final a través de las instituciones que para el efecto designe, los voceros y voceras y demás integrantes, que no pasen la evaluación o conocimientos mínimo, será destituido,

En materia de Seguridad del Poder Popular Comunal Socialista

Articulo x En materia de Seguridad del Poder Popular Comunal Socialista, el Ejecutivo Nacional y el Consejo Comunal de cada comunidad ejercerán en conjunto la defensa de la seguridad alimentaría, ciudadana y territorial de la nación,

Articulo x En materia de seguridad alimentaría, esta será asumida por la unidad o comité de contraloría social , este comité estará integrado por cinco (5) personas quienes actuaran sustentado por la autonomía que le confiere las leyes y el poder popular comunal a través de la asambleas de ciudadanos y ciudadanas.

Articulo x En materia de seguridad ciudadana comunal, esta será asumida por el Ejecutivo Nacional Y el comité de de seguridad integral en las comunidades que ameriten por el alto índice de delincuencia existente, donde será creada una brigada de seguridad ciudadana integrada por la Policía Militar, Guardia Nacional, Reserva Militar, Cuerpo Policial y la parte civil miembros del comité de seguridad Integral, l la comunidad para crear la brigada deberá contar con el aval del Ejecutivo Nacional.

Articulo x En materia de seguridad territorial: esta ley establece la creación a nivel de cada comunidad vecinal, donde el comité para la defensa del territorio venezolano integrado por todo aquel voluntariado hombre o mujer reservista o no, dicho comité será coordinado por el vocero o vocera de seguridad Integral y funcionara en coordinación con el Comando de Reserva Militar mas cercano. Es un deber del vocero o vocera de seguridad Integral el de asistir a los llamados que le haga el Comandante del Comando de la Reserva Militar.

M i Segunda propuesta esta basada sobre la conformación del nuevo estado Comunal Socialista,

Reflexión.
La nueva geometría territorial, ¿Qué buscamos o cuales son los objetivos? Esa seria las preguntas que me hago, para luego meditar y llegar según mi punto de vista a las siguiente conclusiones primero acabar con ese pequeño estado dentro de un estado, que son los municipios y las parroquias, unos municipio que como estructura gubernamental solo fueron construido par un solo objetivo, ser un aliciente para crear puesto de trabajo para la militancia de un partido, esto nos condujo a transformar el estado venezolano en un estado burocrático, igualmente a crear un pequeño territorio con una figura de alcalde y autonomía de rey,

Para Construir el estado Comunal, debe darse la reforma total de los artículos 168, 174, 175 y 182 del titulo IV del poder político municipal de nuestra Constitución Bolivariana, ya no seria reforma seria eliminar el titulo ante mencionado y desarrollar un IV Titulo Del poder publico Comunal Socialista,

Del articulo 168 la propuesta de cómo estaría redactado este articulo.
La comunidad o área comunal es la unidad política primaria de la organización territorial de la nación y forman parte primarias de una ciudad federal, gozan de personalidad jurídica, sus decisiones son de carácter vinculante en su área territorial, su autonomía comunal le permite los siguiente:
1) elegir sus voceros comunales, federales y de la confederación nacional.
2) agruparse en mancomunidades denominadas zonas comunales.
3) Formar parte de la federación Comunal Socialista
4) Formar parte de la Confederación Nacional Comunal Socialista.
5) La gestión en materias de sus competencias.
6) La participación en la elaboración de los estatutos de funcionamientos de la federación , de las zonas y de las áreas comunal
7) Y todas las demás atribuciones

Del Gobierno de la Ciudad Federal.
Articulo 174 esta es la propuesta de redacción El Gobierno o ente administrativo de la Ciudad federal estará a cargo de un órgano compuesto por el Ejecutivo Federal Comunal del Poder Popular Socialista, por el órgano Legislativo Federal Comunal del Poder Popular Socialista y por el órgano Controlador Federal Comunal del Poder Popular Socialista. Conformado de la siguiente manera:
1) El poder Ejecutivo Federal Comunal del Poder Popular Socialista, estará
Conformado por un vocero o vocera perteneciente al sector salud,
Educación, deporte, cultura, ambiente, tierra, alimentación, economía
Popular, energía, infraestructura, vivienda y habitad, seguridad e igualdad
. social, información y seguridad integral.

Comentarios la ciudad Federal Comunal Socialista, remplazaría a la figura de municipio, sea acabaría esa división territorial que existe, no existirán limites territoriales, igualmente la figura de alcalde desaparece, la nueva administración de la ciudad federal estaría en manos de vocero o vocera como la figura del ejecutivo federal, el objetivo es que este cuerpo de voceros o voceras pertenecientes a sectores definidos hagan juego con los ministerios siendo ellos los vocero o voceras los encargados a nivel de la ciudad federa de gestionar y convocar a todos los voceros o voceras de un sector especifico de los consejos comunales del área de la cual el o ella funge como vocero o vocera federal, a fin de discutir y elaborar el diagnostico de necesidad del sector a nivel de la ciudad federal comunal socialista, la metodología de elección de los voceros y voceras y funcionamiento de esta estructura seria definido dentro de la ley del Poder Publico Federal Comunal del Poder Popular Socialista, la cual derogaría a la ley del Poder Publico Municipal.

2) Articulo 175 la propuesta de redacción seria la siguiente: Del Legislativo Federal Comunal del Poder Popular Socialista, la función legislativa de la Ciudad Federal Comunal Socialista, será ejercida por la Asamblea Federal Comunal del Poder Popular Socialista, integrada por un vocero o vocera de cada Consejo Comunal. Sus atribuciones y funcionamiento serán establecidas en la ley del Poder Federal Comunal Socialista,
3) Del Órgano de Control de la ciudad Federal Comunal Socialista. Aquí la propuesta es que órgano este integrado por un vocero de cada zona, Sus atribuciones y funcionamiento serán establecidas en la ley del Poder Federal Comunal Socialista,
4) Las zonas son las mancomunidades o redes de consejos comunales compuesta que compartan una misma necesidad o problemática, o son generadores de productos agrícolas, turísticos, artesanal, se recomienda que no se excedan de diez (10) consejos comunales y un mínimo de dos (2) en el sector rural para su mejor desempeño

Comentario. Sobre la conformación de zonas, cual es el objetivo fundamental, de recomendar que se conformen zonas con la integración de 10 consejos comunales, para nadie es un secreto que en caracas y otras súper ciudadades, un simple barrio en su área tiene hasta diez (10) Consejos Comunales, en cambio en los municipios o pueblo un barrio o urbanización no pasa mil familias (1000) exciten barrios que fueron conformados por unas cincuentas (50) familias los objetivos específicos de la mancomunidad o zonas es presentar el diagnostico de las necesidades que aquejen a mas de dos Urbanización, Barrio o Caserío,
De la propuesta del cobro de impuesto en la Ciudad Federal Comunal Socialista
La propuesta es eliminar el cobro de derecho de frente, el cobro de impuesto de terrenos ejidos, y se hace la propuesta de que todo dueño de su casa mantenga el frente limpio incluyendo la calle o avenida, así como arreglar y mantener las aceras correspondiente a los linderos de su terreno, Cada consejo comunal cobrara los trimestres de los vehículos estos serán remetidos al tesoro de la comunidad federal, igualmente los impuestos a las licorerías, bodegas, empresas y asociaciones con fines de lucro que existan en el ámbito de cada consejos comunal,
Propuesta de funcionamiento
El órgano ejecutivo del consejo comunal, zonas y de la ciudad federal deben reunirse por el mínimo una vez por semana, a fin de dar respuesta a los problemas que se generan diariamente en una sociedad de seres humanos y poder cumplir con la planificación publica en la búsqueda de soluciones, estas reuniones serán después de 8pm,
Propuesta de las federaciones y de la confederación
De las Federaciones: Cada ciudad Federal tendrá una federación integrada por todos los Consejos Comunales que asumirán y funcionaran como la asamblea Federal del Poder Popular Comunal Socialista. La nación tendrá una Confederación Nacional del Poder Popular Comunal Socialista, que estará integrada por todas las Federaciones ante mencionadas, que asumirá y funcionara como la Asamblea Nacional del Poder Popular Comunal Socialista, la ley del Poder Publico Federal Nacional del Poder Popular Comunal Socialista, establecerá el numero de voceros o voceras por cada federación, que integraran la Confederación Nacional del Poder Popular Comunal Socialista,
COMENTARIO FINAL DE LA PROPUESTA DE CONFORMACION DEL ESTADO COMUNAL
En esta nueva geometría territorial desaparece la división territorial, de los estados, Municipios y juntas Parroquiales, dando paso al nuevo estado comunal compuesto por ciudades federales urbanísticas Industriales, ciudades federales Urbanísticas industriales agrícolas, las ciudades federales Industriales Pesqueras y otras, sin delimitaciones territoriales, solo existirán las áreas definidas por la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, como área territorial para el funcionamiento del consejo comunal y el territorio de la ciudad Federal será defendido de acuerdo a los consejos comunales que integren dicha ciudad federal.

PROPUESTA ELABORADA POR AMADO RIVERO. CI 3.536.545
ESTADO LARA MUNICIPIO PALAVECINO TELF. 0251. 2636949
Sábado, 03 de marzo de 2007 hora de terminación 1:36:51

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